CÓDIGO DE TRANSPARENCIA Y DE DERECHOS DEL USUARIO:
Se debe considerar los siguientes aspectos:
a. Que para obtener un crédito no es necesario tomar ni contratar otros servicios adicionales a los valorizados en la pizarra o en un folleto detallado de tasas de interés, cargos por servicios y gastos para cada una de las operaciones y servicios que ofrece la entidad de los sectores financiero público y privado
b. Que los impuestos y gastos notariales no se consideran para el cálculo de la tasa de interés;
c. Que existe un departamento de atención al cliente en la entidad financiera, un defensor del cliente y la oficina de “Atención al cliente” de la Superintendencia de Bancos;
d. Que el departamento de atención al cliente proporcionará la información de los cargos por servicios financieros; y,
e. Que está en vigencia la normativa que regula la transparencia de las operaciones financieras y la protección de los usuarios financieros.
Entes de control
Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera
Banco Central del Ecuador